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Les comunicamos las últimas novedades en los modelos de presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil, como consecuencia de la promulgación de normas de naturaleza contable y fiscal:

 

Resolución de 26/02/2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifican los modelos establecidos en la Orden JUS/206/2009, de 28/01, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, y se da publicidad a las traducciones a las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autónoma (B.O.E. 09/03/2016). 

 

  1. La Ley 27/2014, de 27 de Noviembre del Impuesto de Sociedades introduce en materia de incentivos fiscales la reserva de capitalización indicando en su artículo 25 que debe figurar en el balance con absoluta separación y título apropiado.
  1. La Resolución de 14 de Abril de 2.015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción establece la información que, al respecto, las empresas deberán incluir en la memoria de las cuentas anuales individuales y consolidadas.

Cuentas anuales

  1. La Resolución de 29 de Enero de 2.016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la Información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.
  1. A tenor de lo dispuesto en el artículo 22.4, de la Resolución de 9 de Febrero de 2.016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del impuesto sobre beneficios, se modifica la nota de la memoria “situación fiscal” de las cuentas anuales individuales.
  1. Se incorpora nueva información de las hojas de solicitud de presentación en el Registro Mercantil y de datos generales de identificación.

 

Resolución de 26/02/2016, de la Dirección General de los Registro y del Notariado, por la que se modifica el modelo establecido en la Orden JUS/1968/2011 de 13 de Junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, y se da publicidad a las traducciones de las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autónoma (B.O.E. 09/03/2016).

 

Se modifica el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las Cuentas Anuales consolidadas, aprobado por Orden JUS/1698/2011, de 13 de Junio, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” nº 146, de 20 de Junio de 2.011, debido a reformas puntuales de normativa contable.

Dicho modelo se publicará en la página web del Ministerio de Justicia. Las principales novedades son:

  1. La Ley 27/2014, de 27 de Noviembre, del Impuesto sobre Sociedades introduce en materia de incentivos fiscales la reserva de capitalización indicando en su artículo 25 que debe figurar en el balance con absoluta separación y título apropiado.
  1. La Resolución de 14/04/15, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción, establece la información que las empresas deberán incluir en la memoria de las cuentas anuales y consolidadas.
  1. La Resolución de 29 de Enero de 2.016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con los aplazamientos de pago a proveedores en operaciones comerciales.
  1. A tenor de lo dispuesto en el artículo 22.5, de la Resolución de 9 de Febrero de 2.016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre Beneficios, se modifica la nota de la memoria “Situación Fiscal” de las cuentas anuales consolidadas.
  1. Se incorpora nueva información en las hojas de solicitud de presentación en el Registro Mercantil y de datos generales de identificación.
Por Ramón González-Babé
Socio responsable del Área Mercantil y Societaria
Oficina de Vigo.

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