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Las empresas podrán acudir a medidas de flexibilidad interna, como los ERTES
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Se limitan los despidos objetivos, bajo determinados supuestos, hasta el 30 de junio
En fecha de 30 de marzo de 2022 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
La norma tiene como finalidad paliar las consecuencias que la invasión de Ucrania por parte de Rusia está generando en todos los órdenes.
En materia laboral y de seguridad social destacan los siguientes aspectos:
1. Se promueve la utilización de los ERTES previstos en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores
2. Se regulan limitaciones en materia de despidos objetivos hasta el 30 de junio de 2022 en los siguientes supuestos:
- Las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el RD-Ley 6/2022 derivadas del aumento de los costes energéticos no podrán utilizar las causas ligadas a la invasión de Ucrania para justificar despidos objetivos.
- Las empresas que se acojan a ERTES por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para justificar despidos.
El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de las ayudas recibidas.
3. Aplazamientos en el pago de cuotas a la Seguridad Social. Se establece la posibilidad de solicitar aplazamientos en el pago de cuotas a la Seguridad Social para empresas pertenecientes al sector agrario, al sector del transporte y al sector marítimo-pesquero.