MAIO Legal

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No voy a entrar en valoraciones políticas o personales que las tengo, como muchos de ustedes. Pero lo cierto es que en base a un presunto derecho a decidir, no se pueden amparar la comisión de delitos por parte de funcionarios, autoridades y ciudadanos. Para empezar me pregunto qué es el derecho a decidir. Y si ello, por ejemplo, da “derecho” a que mañana un grupo de ciudadanos plantee un referéndum para restaurar la pena de muerte o para que se pueda expulsar de tu ciudad o Comunidad a un grupo étnico, social o religioso. No existe, por lo tanto, el “derecho a decidir”. Ha sido una creación política que sirve de justificación.

 

A partir de aquí, las autoridades catalanas han cometido, entre otros:

 

Delitos de desobediencia del artículo 410 del Código Penal: “la autoridad o funcionario que se negare abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales o de autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su competencia.»

 

Delito de sedición del artículo 544 del Código Penal: “los que se alcen pública y tumultuariamente para impedir por la fuerza la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad o funcionario el ejercicio legítimo de sus derecho o cumplimiento de sus acuerdos, o los que hubieren inducido o sostenido la conducta anterior.»

 

Delito de malversación del artículo 432 del Código Penal : “la autoridad o funcionario público que cometa el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público”. Dicho artículo es la administración desleal de un patrimonio ajeno. Es evidente que no se puede estar gastando dinero público, millones de euros, en actos relacionados con el referéndum declarado inconstitucional.

 

Delito de coacción, del artículo 172 del Código Penal: “el que sin estar legítimamente autorizado impida a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe.”

 

Termino. A mí no me gustan muchos de los artículos del Código Penal. Me repatean muchas sentencias y actuaciones de los Juzgados, y muchas las considero injustas. No estoy en muchas ocasiones de acuerdo con los atestados de Guardia Civil o Policía Nacional. Pero todo ello no me legitima para incumplir la ley, tomarme la justicia por mi mano, ampararme en el derecho a decidir, y aún encima, postularme como un mártir o un defensor de los derechos humanos. Hay, como en todo, unas reglas de juego. Que nos gusten o no debemos aceptar. Si no, en breve, imperará la ley de la selva. O peor, la selva sin ley.

 

Por Ramón Amoedo
Socio responsable del Área Penal
Oficina de Vigo.

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